Diputados aprobó una solución para la situación de quienes tomaron créditos UVA

Pasó al Senado el proyecto de promoción de producción orgánica

La Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado un proyecto de ley de promoción a la producción y elaboración de productos orgánicos, que busca dar estabilidad y previsibilidad al sector por un plazo de 10 años, y que contempla diversos beneficios fiscales para emprendimientos de empresas pequeñas y medianas.

La iniciativa contó con 120 votos a favor (Frente de Todos, algunos radicales clásicos y de Evolución y parte del interbloque Federal); 6 en contra (liberales, libertarios y el radical Martín Tetaz) y 38 abstenciones (la Izquierda y parte de JxC); en tanto que se registraron 92 ausencias, la mayoría de ellas de JxC.

Durante el debate, que se agotó en menos de una hora, el presidente de la comisión de Economía y Desarrollo Regional, Ramiro Fernández Patri (Frente de Todos-Formosa), señaló: “El 98 por ciento de lo que producimos en orgánicos lo exportamos al mundo, es decir que solo un 1,90 por ciento se consume en Argentina”.

“Tenemos que lograr que nuestra población esté dispuesta a pagar ese precio diferencial por consumir estos productos”, añadió.

Además, destacó: “La producción orgánica genera muchas cosas positivas, alimentación saludable, que lo necesitamos y mucho; arraigo en las comunidades rurales, empleo de calidad y, en cuarto lugar, genera divisas”.

Entre los opositores que acompañaron el proyecto, por Evolución radical, Gabriela Brower de Koenig, explicó la postura: “Destaco el consenso que se ha logrado en este proyecto, y con las entidades relacionadas con este sector; porque es importante que estas actividades se sigan desarrollando, porque genera valor agregado, arraigo y cuida el medio ambiente”.

En cuanto a las abstenciones, que llegaron en su mayoría desde Juntos por el Cambio, el titular del bloque de la Coalición Cívica, Juan López, sostuvo: “No queremos dar nuevos beneficios impositivos hasta que no revisemos otros, por eso la mayoría de nosotros se va a abstener mientras esperamos que este Congreso empiece a tener información de los sectores productivos para ver a cual se ayuda más, a cual menos o a cual se deja de subsidiar”.

La iniciativa establece la creación de un régimen de promoción a la producción y elaboración de productos orgánicos por un plazo de diez años, con beneficios impositivos y un certificado de crédito fiscal, entre otros puntos.

El texto enviado al Senado dice que podrán ser beneficiarios del plan los productores y elaboradores -alcanzados por la ley de Producción Ecológica, Biológica u Orgánica- que acrediten al menos un año de permanencia y cuya factura máxima se ubique en los parámetros establecidos para las empresas medianas.

También se faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a crear un certificado promocional a los efectos de la operatividad del presente régimen.

Uno de los puntos claves referidos al financiamiento establece que la Jefatura de Gabinete podrá realizar las asignaciones necesarias para cumplir la ley por la suma equivalente a 12.500 módulos que en la actualidad ascienden a $ 100 millones.

Por otro parte, el texto fija que no podrán ser beneficiarios de este régimen los contribuyentes declarados en quiebra ni los querellados penalmente por delitos comunes.

Con respecto a los beneficios fiscales, establece que los beneficiarios podrán “convertir en un bono de crédito fiscal intransferible el 50% de la totalidad de las contribuciones patronales que hayan efectivamente abonado a partir de su incorporación al Registro previsto en el artículo 11, sobre la nómina salarial de mano de obra empleada en la producción y elaboración de productos orgánicos con destino a los sistemas y subsistemas de seguridad social previstos en la ley 24.241”.

Los beneficiarios podrán utilizar dichos bonos para la cancelación de tributos nacionales, y sus anticipos, como así también los tributos aduaneros, excluido el impuesto a las Ganancias.

Ese bono no podrá utilizarse para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación del beneficiario al régimen de la presente ley, ni para la cancelación de obligaciones fiscales derivadas de la responsabilidad sustituta o solidaria de los contribuyentes por deudas de terceros, o de su actuación como agente de retención o percepción y, en ningún caso, eventuales saldos a su favor darán lugar a reintegros o devoluciones por parte del Fisco.

También tendrán una reducción de 50% en el monto total del impuesto a las Ganancias determinado en cada ejercicio respecto de las actividades productivas y de elaboración abarcadas por esta ley, que se tornará operativo para los ejercicios fiscales que se inicien con posterioridad a la fecha a partir de la cual comienza a ser sujeto de beneficios.


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