El Gobierno bonaerense imputó de oficio a tres empresas dedicadas a la comercialización de viviendas prefabricadas, por la comisión de presuntas infracciones a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor por lo que podrían ser sancionadas con multas de más de 400 millones de pesos.
Se trata de las empresas “Viviendas La Solución”, “Viviendas Rolón” y “Viviendas Roca”, quienes ya fueron notificadas de la imputación y cuentan con 5 días hábiles para presentar su descargo, informó hoy el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense.
La cartera provincial, ejerciendo facultades de control y prevención de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, realizó un relevamiento de oficio tendiente a analizar los contratos celebrados entre proveedores de viviendas prefabricadas y las y los consumidores bonaerenses y además verificó que las páginas web de estas empresas estuvieran publicados los contratos.
Falta de la publicación de contratos
El resultado de la investigación determinó que las empresas no tienen publicado los ejemplares de los contratos en las páginas web donde ofrecen y comercializan sus productos, infringiendo el derecho constitucional de acceso a la información de las y los consumidores.
Por tal motivo, se les ordenó que cumplan con la publicación y exhibición de los referidos contratos, a fin de garantizar que las y los ciudadanos cuenten con dicha información al momento de contratar (conforme lo establece el art. 38 de la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor y Resolución N° 271/2020 de la ex SCI de la Nación)
En los casos de “Viviendas Roca” y “Viviendas Rolón” se les ordenó no sólo la publicación de los contratos en sus webs, sino también que presenten ante las autoridades provinciales los mismos a fin de efectuar el análisis correspondiente.
En el caso de “Viviendas La Solución” se pudo analizar su contrato y fue imputada por incluir siete (7) cláusulas presuntamente abusivas y contrarias a los derechos de las y los consumidores, de acuerdo a los parámetros establecidos artículo 37 de la Ley Nacional N° 24.240.
Entre ellas se encontraron cláusulas redactadas de manera confusa, que dificultan el ejercicio de los derechos de las y los consumidores, como la que expresa que “las señas entregadas no se devuelven bajo ningún concepto”, en abierta contradicción con la normativa vigente, puesto que en caso de incumplimiento por parte de los proveedores, ellos deben reintegrar las sumas abonadas.
Otra práctica abusiva de esta firma es la que indica que la seña constituya un alto porcentaje del valor total de la vivienda (más de un 40 por ciento), sumado a la facultad que se reserva la empresa de analizar las garantías exigidas para el otorgamiento del préstamo en un momento posterior a la entrega de la seña.
“También fueron observadas cláusulas que establecen limitaciones en la responsabilidad de la empresa e incumplen con el deber de garantía legal que poseen todos los bienes y servicios, al disponer que “una vez concluida la construcción, serán por cuenta del solicitante la reparación o sustitución de cualquier componente de la misma”, señaló la cartera bonaerense entre otras cuestiones.