La Corte Suprema de Justicia de la Nación inhabilitó hoy por mayoría al gobernador de San Juan, Sergio Uñac, para que se presente como candidato a un nuevo período como mandatario provincial, al considerar que otra postulación sería inconstitucional.
La decisión fue firmada por Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, en tanto que Ricardo Lorenzetti no votó por no haber intervenido en el dictado de la medida cautelar que suspendió las elecciones a gobernador y vice.
Ante esta decisión, el presidente Alberto Fernández dijo que “una vez más, la Corte Suprema se entromete en el proceso democrático y autonómico de las provincias. Ha dictado una sentencia sin que previamente opinara el más alto tribunal de San Juan, atribuyéndose una competencia originaria a partir de una interpretación forzada e ilegítima”.
“Lejos de impartir justicia, rompe el federalismo y debilita nuestra democracia. El pueblo es el que siempre elige”, sostuvo el jefe de Estado en Twitter.
Una vez más, la Corte Suprema se entromete en el proceso democrático y autonómico de las provincias. Ha dictado una sentencia sin que previamente opinara el más alto tribunal de San Juan, atribuyéndose una competencia originaria a partir de una interpretación forzada e ilegítima.
— Alberto Fernández (@alferdez) June 1, 2023
El máximo tribunal, en la parte resolutiva del fallo de 51 páginas, señaló que “de conformidad con la conclusión del dictamen del señor Procurador General de la Nación interino (Eduardo Casal), se hace lugar a la demanda y se declara la inhabilitación del ciudadano Sergio Mauricio Uñac para competir por el cargo de gobernador en las próximas elecciones a celebrarse en la provincia de San Juan“.
El martes pasado, el Procurador señaló en un dictamen no vinculante que la pretensión de Uñac violaba los “límites” de la constitución provincial y que por lo tanto se debía rechazar la postulación.
Con esta negativa, la Corte suma intervenciones electorales en las provincias, tal como hizo en Tucumán, cuando rechazó la postulación de Juan Manzur, y en Formosa, ante la posibilidad de una nueva reelección de Gildo Insfrán.
Este miércoles, Uñac le había pedido a la Corte Suprema que “se expida rápidamente” sobre su candidatura y cuestionó que “a 48 horas de la veda electoral” suspendió la elección de gobernador y vice en esa provincia ante un planteo de inconstitucionalidad contra su reelección y “ahora se toma semanas para expedirse sobre la cuestión de fondo”.
“La misma Corte Suprema que suspendió parcialmente los comicios en San Juan a 48 horas del comienzo de la veda electoral, ahora se toma semanas para expedirse sobre la cuestión de fondo”, aseguró ayer Uñac mediante una nota difundida en redes sociales, al referirse a las suspendidas elecciones, previstas para el 14 de mayo pasado.
Qué dice el fallo de la Corte
Para los tres ministros del máximo tribunal, un cuarto mandato consecutivo de Uñac vulneraría la “pauta republicana” del artículo 5º de la Constitución Nacional que obliga a las provincias a dictar su Constitución de acuerdo a los “principios, declaraciones y garantías” de la Carta Magna nacional que fija el principio de alternancia.
De acuerdo con el voto redactado por Rosatti y Maqueda, y al que adhirió Rosenkrantz, el argumento de Uñac de que gobernador y vice son cargos distintos, significa admitir que “una persona pueda ser electa durante un número indefinido de períodos consecutivos con la sola exigencia de que alterne entre ambos cargos”.
La Corte invocó su propia doctrina, aplicada en 2019 en la provincia de Río Negro, cuando impidió que se presentara Weretilneck, para “desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos”.
Tanto en el fallo de Río Negro, como en el que este jueves firmaron los tres supremos, se indicó que “la historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que -con menor o mayor envergadura y éxito- intentaron forzar -en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución”.
“Ese pasado debería desalentar ensayos que, como el aquí examinado, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya lleva casi ocho años ininterrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular”, añadieron.
El cuestionamiento a la nueva postulación de Uñac provino del candidato opositor Sergio Vallejos Mini, un empresario candidato a gobernador por Evolución Liberal, un partido que integra el Frente Unidos por San Juan, quien inicialmente presentó un recurso de amparo.
Vallejos Mini dijo que la candidatura de Uñac no condecía con “el sistema republicano de gobierno en términos de periodicidad, alternancia, posibilidad de acceso a los cargos y limitación del poder en toda sociedad democrática”.
La Corte emitió una cautelar en la que suspendió la elección de gobernador y vice hasta resolver la cuestión de fondo.
Uñac declinó provisoriamente su candidatura pero igual se realizaron elecciones para legisladores e intendentes, en las que el oficialismo sanjuanino venció ampliamente.
Luego el procurador Casal determinó que una nueva candidatura de Uñac es inconstitucional. En uno de los puntos centrales de su dictamen, el Procurador sostuvo que “queda sellada la suerte adversa de la postulación del señor Uñac, quien fue elegido como vicegobernador y luego -en las dos contiendas electorales inmediatas siguientes- como gobernador, frente a lo cual su nueva postulación se sitúa fuera de la limitación establecida en el artículo 175 de la Constitución de San Juan”. Y finalmente la Corte coincidió con el criterio del jefe de los fiscales.